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Cripto

Personal de la CFTC da alivio condicionado a interfaces de derivados

La carta 26-25 permite a ciertas interfaces conectar usuarios con derivados regulados sin registro como broker, pero solo bajo 10 condiciones, sin custodiar activos ni intervenir en las órdenes.

por Gerardo Pavez
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El personal de la Commodity Futures Trading Commission de Estados Unidos (CFTC) abrió una vía limitada para que los proveedores de “software pasivo” conecten a sus usuarios con derivados regulados, incluidos contratos de eventos y contratos perpetuos, sin registrarse como introducing brokers. La carta 26-25, emitida el 17 de septiembre, no equivale a una exención general: solo cubre interfaces que envían órdenes directamente a mercados o intermediarios registrados, no custodian ni controlan activos de usuarios, no generan señales explícitas de compra o venta y cumplen diez condiciones de supervisión, divulgación y responsabilidad.

La interfaz puede presentar órdenes, pero no procesarlas

La posición de no acción de la Market Participants Division (MPD) significa que esa división no recomendará una acción de cumplimiento por falta de registro como introducing broker, ni contra el personal pertinente por no registrarse como asociado de uno, siempre que se mantengan dentro de las actividades cubiertas y cumplan todas las condiciones.

La interfaz puede mostrar datos de mercado, posiciones agregadas y productos disponibles, además de permitir que el usuario presente una orden. Sin embargo, la orden debe transmitirse directamente a una bolsa de contratos designada, a un futures commission merchant o a un introducing broker registrados. El proveedor de software no puede intervenir afirmativamente en una orden concreta.

El usuario también debe conservar una relación directa con la entidad registrada, como miembro de la bolsa o cliente del intermediario, y poder acceder a ella sin pasar por la interfaz. Los fondos o garantías que respaldan las posiciones deben permanecer bajo custodia de la organización de compensación de derivados o de un futures commission merchant miembro de ella, no del proveedor de software.

Diez condiciones que descartan un permiso automático

La carta agrupa diez requisitos acumulativos. Entre ellos están:

  • El proveedor, sus principales y quienes capten usuarios no pueden estar sujetos a una descalificación estatutaria, salvo una dispensa de la MPD.
  • Debe entregar y registrar la aceptación de avisos sobre su relación con cada entidad registrada, posibles conflictos, comisiones y riesgos de la operación, cuando corresponda.
  • Los usuarios deben ser incorporados como miembros o clientes directos de la entidad registrada y conservar ese acceso independiente.
  • La publicidad y la comunicación comercial deben apegarse a las reglas de la CFTC y de la National Futures Association como si el proveedor fuera un introducing broker registrado. Tampoco puede usar promociones que requerirían aprobación previa.
  • El proveedor y cada entidad registrada con la que trabaje deben aceptar por escrito responsabilidad solidaria por infracciones vinculadas a las actividades cubiertas y someterse a la jurisdicción de la CFTC.
  • Debe conservar registros, avisar si entra en insolvencia o bancarrota y presentar ante la MPD una notificación en la que acepta estas condiciones y la jurisdicción de la agencia.

La carta permite que estas interfaces cobren una comisión por transacción al usuario o reciban parte de los ingresos del intermediario registrado. También pueden promocionar contratos concretos y presentar usuarios a esas entidades. En este caso, “pasivo” no significa que el software no tenga una relación comercial, sino que no toma custodia de activos, no emite señales expresas de compra o venta y no decide el enrutamiento ni la ejecución de órdenes.

El alcance incluye contratos de eventos, pero no cripto spot

La nueva posición amplía un alivio que la MPD otorgó el 17 de marzo a Phantom Technologies, desarrollador de software de wallet de autocustodia. A diferencia de aquella carta individual, la 26-25 se pone a disposición de otros proveedores que cumplan el mismo marco. El documento aclara además que los proveedores elegibles no se limitan al software relacionado con criptoactivos.

Eso no convierte a cualquier wallet, exchange o app en un intermediario aprobado. El alcance se ciñe a derivados regulados por la CFTC, entre ellos contratos de eventos y contratos perpetuos, y a las operaciones que pasan por mercados e intermediarios registrados. La carta no autoriza por sí misma operaciones de cripto spot ni releva a las entidades registradas de sus propias obligaciones.

La posición seguirá vigente hasta que entre en vigor una regla o guía de la Comisión sobre el registro de desarrolladores de software. También depende de los hechos descritos, no obliga a la Comisión ni a otras oficinas de la CFTC y la MPD puede modificarla, suspenderla o terminarla. La frontera que establece no es la etiqueta de wallet o app, sino quién controla los fondos y quién decide cómo se ejecuta la orden.

Fuentes: 1, 2, 3

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por Gerardo Pavez

Redactor y creador de contenido especializado en deportes y tecnología. Apasionado por todo lo que ocurre dentro y fuera de la cancha.

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