Saltar al contenido

Expulsada de casa a los 14 años por su fe: el testimonio viral y qué dice la ley en México

Una joven relata en video que su familia la echó a los 14 años por convertirse. Qué dice la ley mexicana y los datos.

por Dilis Salazar
A brown and gray backpack resting on a wooden park bench in a sunny outdoor setting.
Foto de Julia Filirovska en Pexels

TL;DR:

  • Una joven asegura en un video de Instagram que su madre la echó de casa a los 14 años tras convertirse al cristianismo. El diario mexicano El Imparcial lo publicó el 30 de julio de 2026 sin dar su nombre, su país ni el año de los hechos.
  • La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes obliga en su artículo 103 a garantizar habitación, alimentación y un entorno sin violencia, y en el 62 prohíbe discriminar a un menor por sus creencias.
  • La ENADIS 2022 del INEGI midió que 28.6% de las personas de 12 años y más con una religión distinta a la católica sufrió discriminación en un año, y que 53.3% de ellas la atribuyó a sus creencias.

Una joven cuenta en un video de Instagram que su madre la echó de casa a los 14 años, poco después de que empezó a congregarse en una iglesia cristiana. El diario mexicano El Imparcial difundió el testimonio este jueves 30 de julio de 2026 y no publicó su nombre. El relato incluye una escena concreta: salió con el uniforme escolar puesto y una mochila. No hay fecha, país ni expediente detrás, así que se trata de un relato en primera persona sin verificación independiente. Lo que sí se puede comprobar es el marco que rodea a un caso así en México, donde la ley obliga a quien ejerce la patria potestad a dar techo y alimentos a un adolescente, y le reconoce a ese adolescente el derecho a elegir en qué cree.

El relato empieza lejos de la iglesia. La joven creció en una casa donde la religión no formaba parte de la rutina, era hija de madre soltera y pasó buena parte de la infancia al cuidado de su abuela. A esa abuela le diagnosticaron después un cáncer terminal, y fue ahí, viéndola sostenerse durante la enfermedad, cuando le nació el interés por acercarse a Dios y más tarde por congregarse.

La conversión no cayó bien en casa. Su madre, según cuenta, le planteó que las dos cosas no cabían juntas: la familia de un lado, esa fe del otro. Eligió la fe. Salió de la casa ese mismo día, con lo que traía puesto.

"Iba solamente con mi uniforme y mi mochila; no sabía a dónde ir."

Después vinieron años de distancia con su madre y sus hermanas. Con el tiempo la relación cambió y algunas de ellas también se acercaron al cristianismo, explica en el video. Hoy dice estar casada y tener una hija, y sostiene que decidió contarlo para quien esté atravesando algo parecido.

https://www.instagram.com/reel/DbMnO8TNaT5/

Hasta ahí llega lo que se sabe, y conviene decir en voz alta lo que falta: El Imparcial no identificó a la joven, no precisó el país y no fechó los hechos, y ningún otro medio ha reporteado el caso. El video es la única fuente y no hay denuncia, carpeta ni autoridad que lo respalde. Eso no lo vuelve falso, lo vuelve no verificable, y la diferencia importa cuando una historia circula a esta velocidad.

Qué obliga la ley mexicana a un padre que no comparte la religión de su hijo

La escena que describe el video, una adolescente de 14 años en la calle con la mochila, tiene un encuadre legal preciso en México, sin importar qué la haya provocado. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) enumera en su artículo 103 lo que debe cumplir quien ejerce la patria potestad, la tutela o la guarda y custodia. Entre esas obligaciones:

  • Garantizar los derechos alimentarios, que la propia ley desglosa como alimentación y nutrición, vestido, habitación, recreación y atención médica y psicológica.
  • Asegurar un entorno afectivo, comprensivo y sin violencia.
  • Proteger al menor contra toda forma de violencia, maltrato, daño, agresión y abuso, con una precisión que la ley agrega en la misma fracción: ejercer la patria potestad no sirve de justificación para incumplirla.

Sobre las creencias, el texto es todavía más directo. El artículo 62 reconoce a niñas, niños y adolescentes el derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, garantizado en el marco del Estado laico, y cierra con una línea que aplica dentro y fuera de la casa: no pueden ser discriminados de forma alguna por ejercer esa libertad. La única limitación que la ley contempla para profesar la propia religión es la necesaria para proteger los derechos y libertades de los demás.

El Reglamento de la LGDNNA también dice qué ocurre cuando el artículo 103 se incumple: la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes interviene dentro de sus atribuciones. En el terreno, la puerta de entrada suele ser la procuraduría de protección de cada estado, que depende del sistema DIF local. UNICEF ha advertido que esas procuradurías arrastran obstáculos que limitan severamente su eficacia, así que el derecho escrito y el auxilio real no siempre coinciden.

⚠️
Si una niña, un niño o un adolescente se queda sin casa por un conflicto familiar en México, el reporte va al 911 y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del sistema DIF de su estado, que atiende casos de maltrato y omisión de cuidados. Varias entidades reciben la denuncia de forma anónima.

La discriminación por creencias en México sí está medida, y el número sorprende

El video no se puede comprobar, pero el fenómeno que describe sí tiene medición oficial. La Encuesta Nacional sobre Discriminación (ENADIS) 2022, levantada por el INEGI con CONAPRED y la CNDH en 42,302 viviendas entre el 18 de julio y el 9 de septiembre de 2022, incluye un módulo para lo que llama población de la diversidad religiosa: personas de 12 años y más con una religión distinta a la católica. La categoría arranca a los 12, dos años antes de la edad que menciona el testimonio.

  • 28.6% de esa población declaró haber sido discriminada en los 12 meses previos al levantamiento.
  • De ese grupo, 53.3% lo atribuyó a sus creencias religiosas y 25.9% a su forma de vestir o arreglo personal.
  • Entre las mujeres del grupo la prevalencia sube a 30.1%, contra 26.6% en los hombres, y la atribución a las creencias llega a 56.2% en ellas frente a 48.8% en ellos.

Ese 53.3% merece una lectura aparte. Ningún otro grupo de la encuesta concentra tanto su discriminación en un solo motivo: el más alto después de este aparece en las personas con discapacidad, con 49.6% que la atribuye a la discapacidad misma. En el resto de los grupos el motivo dominante suele ser la apariencia, el peso o la ropa, y ronda entre 30% y 43%. Cuando la creencia es el motivo, dispara.

El mismo boletín deja el contrapeso a la vista y vale la pena no saltárselo: 50.7% de la población de la diversidad religiosa opina que en México los derechos de su grupo se respetan mucho, y 18% que se respetan poco.

Bancas de madera vacías dentro de una iglesia iluminada por luz natural
Imagen ilustrativa. El crecimiento de las iglesias evangélicas quedó registrado en el censo de 2020 · Foto de _ MARROS _ en Pexels

El censo explica por qué la escena del video dejó de ser rara. En el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, 77.7% de la población se declaró católica, contra 82.7% en 2010. Los protestantes y cristianos evangélicos pasaron de 7.5% a 11.2%, poco más de 14 millones de personas, y quienes dicen no tener religión subieron de 4.7% a 8.1%. Todo eso se movió en una sola década, y se mueve persona por persona dentro de familias que ya existían. Con esos números, alguien que se convierte dentro de una casa que no practicaba dejó de ser una excepción estadística en México.

Preguntas rápidas sobre creencias, familia y derechos de la niñez

¿Qué dice la ley mexicana si un adolescente cambia de religión?

El artículo 62 de la LGDNNA reconoce a niñas, niños y adolescentes el derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, garantizado en el marco del Estado laico. La misma norma prohíbe expresamente discriminarlos de cualquier forma por ejercer esa libertad.

¿Es legal correr de la casa a un hijo menor de edad?

El artículo 103 de la LGDNNA obliga a quien ejerce la patria potestad a garantizar los derechos alimentarios, que incluyen habitación, y a asegurar un entorno sin violencia. El Reglamento de esa ley prevé que, ante el incumplimiento, actúe la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

¿Qué tan común es la discriminación por creencias religiosas en México?

Según la ENADIS 2022 del INEGI, 28.6% de las personas de 12 años y más con una religión distinta a la católica declaró haber sido discriminada en los 12 meses previos, y 53.3% de ese grupo señaló como motivo sus creencias religiosas. Es la atribución a un solo motivo más alta de la encuesta.

El video va a seguir sumando reproducciones y nadie podrá confirmar lo que cuenta. Lo que sí está por escrito es el otro lado del asunto: en México la ley ya resolvió que la creencia de una adolescente de 14 años no es motivo para dejarla en la calle, y le puso nombre y teléfono a la institución que debe responder cuando eso pasa. Ese dato sirve igual si la historia del video ocurrió tal cual, y sirve todavía más si mañana le ocurre a alguien más.

Fuentes: 1, 2

Dilis Salazar imagen de perfil
por Dilis Salazar

Suscríbete GRATIS

Recibe las noticias más importantes de política, tecnología, negocios, deportes, entretenimiento y cultura directamente en tu correo.

¡Listo! Revisa tu correo

Para completar la suscripción, haz clic en el enlace de confirmación que enviamos a tu correo. Si no llega en 3 minutos, revisa tu carpeta de spam.

Ok, gracias

Leer más de Arte y Cultura