Saltar al contenido

Arrestan a Luis de Llano hasta 30 horas por no disculparse; la jueza puede repetir el arresto

La policía capitalina detuvo al productor a las 18:13 horas del 2 de septiembre de 2026 por dos órdenes de una jueza civil, de 15 horas cada una. Son medidas de apremio por no grabar la disculpa a Sasha Sokol ni publicar la síntesis de la sentencia, no una pena de prisión.

por Patricia Rodriguez
Arrestan a Luis de Llano hasta 30 horas por no disculparse; la jueza puede repetir el arresto

TL;DR:

  • La policía de la Ciudad de México detuvo a Luis de Llano a las 18:13 horas del 2 de septiembre de 2026 por dos órdenes giradas por una jueza del Tribunal Superior de Justicia capitalino.
  • Cada orden fija 15 horas acumulables, hasta 30 en total, por no grabar la disculpa pública dirigida a Sasha Sokol y no publicar la síntesis de la sentencia.
  • Es una medida de apremio de un juicio civil: una jurisprudencia de la Primera Sala permite repetir el arresto, y el delito de desobediencia solo se consuma cuando esos medios se agotan.

Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México detuvieron al productor Luis de Llano a las 18:13 horas del miércoles 2 de septiembre de 2026, en cumplimiento de dos órdenes de arresto giradas por una jueza del Tribunal Superior de Justicia capitalino. Cada una impone 15 horas y son acumulables, así que el arresto puede llegar a 30. No es una condena penal ni una acusación nueva: son medidas de apremio dictadas dentro del juicio civil por daño moral que Sasha Sokol le ganó, y responden a dos incumplimientos precisos, no grabar y exhibir ante el juzgado la disculpa pública ordenada y no publicar la síntesis de la sentencia que confirmó su responsabilidad. La reconstrucción de la detención, incluida la hora exacta, salió de un comunicado de la representación legal de Sokol.

El arresto llegó después de meses de multas ignoradas

Los abogados de la cantante sostienen que la jueza no empezó por el arresto. Antes hubo requerimientos formales y multas económicas que, según ese mismo comunicado, el productor desatendió durante meses. Excélsior y Proceso publicaron esa secuencia, y las dos coberturas tienen la misma procedencia: el escrito del equipo legal.

El Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México, que los abogados identifican como la ley aplicable a este juicio, recoge esa gradación. Sus medios de apremio van de la multa al arresto administrativo de hasta 36 horas. Las dos órdenes de este miércoles fijan 15 horas cada una, por debajo de ese tope.

Proceso reportó que la SSC informó del traslado al Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social San Fernando, en Tlalpan. N+ precisó a las 20:20 horas que, de las dos órdenes, solo una se había cumplimentado hasta ese momento, de modo que las 30 horas son la suma posible y no un hecho consumado.

Ni el Tribunal Superior de Justicia capitalino ni la representación legal de De Llano habían difundido su propia versión del procedimiento al cierre de esta nota.

Qué queda pendiente de la sentencia

La condena quedó firme el 25 de junio de 2025, cuando la Primera Sala de la Suprema Corte resolvió por unanimidad el amparo directo 34/2024 y negó el amparo al productor. Ese fallo estableció además que la responsabilidad civil por violencia sexual infantil es imprescriptible, porque poner un plazo podría cerrar el acceso a la justicia a quien tardó años en nombrar el daño.

La resolución firme contiene varias obligaciones y no todas están en el mismo punto.

Estado de las obligaciones de la sentencia civil contra Luis de Llano
Medida ordenada Qué exige Estado al 2 de septiembre de 2026
Disculpa pública Grabarla y exhibirla ante el juzgado Incumplida; origina una de las dos órdenes de arresto
Síntesis de la sentencia Publicarla Incumplida; origina la segunda orden
Curso especializado Tomar un curso sobre prevención de conductas de abuso sexual Cumplido, según reconoció Sokol en enero de 2026
Indemnización Pagar la reparación del daño moral, destinada a la asociación ADIVAC El monto no ha sido divulgado oficialmente

Sokol demandó por daño moral en julio de 2022, cuatro meses después de denunciar públicamente, el 8 de marzo de ese año, que De Llano inició una relación con ella cuando ella tenía 14 años y él 39, mientras era su productor en Timbiriche. Un juzgado capitalino falló a su favor en mayo de 2023 y el tribunal de apelación amplió la condena en septiembre del mismo año.

Low angle view of the historic Box Elder County Courthouse with columns and blue sky, Brigham City, Utah.
Imagen ilustrativa: el juicio se sigue por la vía civil en tribunales de la Ciudad de México. · Foto de David Guerrero en Pexels

La ley permite repetir el arresto

El equipo legal de Sokol advirtió que, si el incumplimiento continúa, la conducta podría configurar un delito con pena de hasta cinco años de prisión. Esa advertencia tiene un orden legal detrás, y lo explica una reseña de la propia Suprema Corte.

Al resolver la contradicción de tesis 237/2010, el 27 de octubre de 2010, la Primera Sala fijó la jurisprudencia 1a./J. 94/2010: el arresto como medio de apremio puede imponerse las veces que el juzgador considere necesarias para hacer cumplir sus determinaciones, sin ceñirse al orden en que la ley enumera esos medios. El mismo documento recoge el artículo 183 del Código Penal Federal, según el cual el delito de desobediencia solo se consuma cuando se hubieren agotado los medios de apremio.

En este caso, eso significa que las 30 horas no agotan el instrumento. Si la disculpa grabada y la publicación siguen sin llegar al juzgado, la jueza puede volver a ordenar arresto, y la vía penal que anuncian los abogados queda para después de que esa herramienta se agote.

De Llano dijo el 7 de agosto que estaba en la mejor disposición

El productor habló del caso en una entrevista del 7 de agosto de 2026, la primera que daba en cuatro años y siete meses según él mismo. Sostuvo que los recursos legales que presentó influyeron en que la disculpa no se ejecutara y aseguró estar "en la mejor disposición" de cumplir, sin fijar fecha ni formato. En esa misma conversación dijo sentirse tranquilo y adelantó que prepara un libro sobre su carrera, que probablemente no abordará el litigio.

Sokol llevaba meses contando el tiempo en público. El 26 de junio de 2026 señaló que se había cumplido un año desde que la Corte declaró culpable al productor y cuatro desde su denuncia, y acusó que los recursos legales solo servían para aplazar una sentencia que ya es irrevocable. En marzo de ese año había rechazado el argumento de que una disculpa pública pudiera revictimizarla.

Las 30 horas se cumplen solas. Lo que el juzgado sigue esperando es una disculpa grabada y un resumen publicado de la sentencia, las dos obligaciones que continúan sin entregarse más de catorce meses después de que el fallo quedó firme.

Fuentes: 1, 2, 3, 4

Patricia Rodriguez imagen de perfil
por Patricia Rodriguez

Patricia Rodriguez es redactora de FomoEra. Cubre tecnología, ciencia, inteligencia artificial, negocios y actualidad digital. También trabaja en escritura y edición de contenido audiovisual.

Leer más de Política