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Trabajo

España promete mantener sin IRPF el salario mínimo de 2027

La subida salarial y su ajuste fiscal requieren trámites distintos. La deducción vigente permite entender qué significa quedar sin IRPF y qué condiciones se aplican cuando existen otros ingresos.

por Gerardo Pavez
Elma Saiz in 2023
Imagen de archivo (2023) · Foto: Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernua (youtube), CC BY 3.0, vía Wikimedia Commons

El Gobierno de España se comprometió a mantener el salario mínimo interprofesional (SMI) sin tributación efectiva en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) tras la subida prevista para 2027. La portavoz del Ejecutivo, Elma Saiz, lo anunció el 26 de octubre. Tanto la cuantía del aumento como la adaptación fiscal necesaria siguen pendientes de aprobación.

Saiz, también ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, defendió en una entrevista en Hoy por Hoy, de la Cadena SER la continuidad de las subidas: "Vamos a seguir subiendo el SMI". El Ejecutivo trabaja para aprobar el incremento antes de las elecciones generales del 29 de noviembre, a la espera de la recomendación de la comisión de expertos.

El salario mínimo vigente es de 1,221 euros en 14 pagas

El Real Decreto 126/2026 fija el mínimo de este año en 1,221 euros brutos mensuales en 14 pagas, equivalentes a 17,094 euros brutos anuales para una jornada completa. La subida aprobada para 2026 fue del 3.1 %, con efectos desde el 1 de enero.

Cuando las pagas extraordinarias se distribuyen entre las 12 mensualidades, ese mismo importe anual equivale a 1,424.50 euros brutos al mes. Es una distribución distinta del cobro, con el mismo total anual.

La cifra de 2027 se fijará mediante una nueva decisión del Gobierno, previa consulta a sindicatos y empresarios. Europa Press explica que esta actualización salarial puede aprobarse sin convalidación del Congreso; cambiar el tratamiento fiscal requiere una norma con rango de ley y su correspondiente respaldo parlamentario.

La deducción de 2026 tiene condiciones

El mecanismo actual se recoge en el artículo 28 del Real Decreto-ley 5/2026. Para los rendimientos del trabajo derivados de una relación laboral o estatutaria, establece:

  • Una deducción de 590.89 euros anuales cuando esos ingresos son iguales o inferiores a 17,094 euros al año.
  • Una reducción progresiva de la deducción por encima de esa cantidad, hasta agotarse al llegar a 20,048.45 euros anuales.
  • La condición de que las otras rentas no exentas no superen los 6,500 euros anuales.

El importe deducible está limitado, además, por la parte del impuesto que corresponde a los rendimientos del trabajo cubiertos por la medida. Por eso, el tratamiento del SMI debe distinguirse de la tributación que pueda generar el resto de los ingresos de una persona.

La deducción se aplica al calcular el resultado de la declaración de la renta. El País explica que este sistema puede obligar a presentar la declaración para recuperar las retenciones soportadas durante el año. El impuesto final y el dinero descontado cada mes de la nómina pueden, por tanto, reflejarse en momentos distintos.

Para 2027, la reforma fiscal dependerá de la nueva cuantía salarial. Según Europa Press, fuentes de Hacienda indicaron que el ajuste se abordará después de fijar el SMI y todavía carece de fecha concreta. La promesa del Gobierno exige completar ambos trámites para preservar la mejora del salario después del IRPF.

Fuentes: 1, 2, 3, 4

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por Gerardo Pavez

Redactor y creador de contenido especializado en deportes y tecnología. Apasionado por todo lo que ocurre dentro y fuera de la cancha.

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