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Sheinbaum descarta gravar las herencias y se deslinda de Lenia Batres

La presidenta descarta gravar herencias y Afores; Morena no tiene iniciativa y la tasa de 46% nunca se propuso.

por Dilis Salazar
Sheinbaum descarta gravar las herencias y se deslinda de Lenia Batres

TL;DR:

  • Claudia Sheinbaum rechazó el impuesto a las herencias en su mañanera del 9 de julio de 2026 y dijo que no abriría el debate legislativo.
  • No existe ninguna iniciativa: el Sistema de Información Legislativa no registra una sola propuesta para gravar herencias entre el 1 de enero y el 8 de julio de 2026.
  • Herencias y legados siguen exentos del ISR por el artículo 93, fracción XXII, y la tasa de 46% que circula en redes jamás fue planteada por la ministra.

La presidenta Claudia Sheinbaum cerró la puerta al impuesto a las herencias. En su conferencia matutina del jueves 9 de julio de 2026 rechazó la postura de la ministra de la Suprema Corte Lenia Batres, quien defiende que las herencias, los legados y los recursos de las Afores de trabajadores fallecidos paguen Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sheinbaum fue más lejos y aclaró que ni siquiera llevaría el asunto al Congreso. Horas después, el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, confirmó que no hay ninguna iniciativa presentada y adelantó que trabajará para que no prospere. El tema pesa por dos razones: hoy quien recibe una herencia en México no paga ISR por ella, y la cifra que se volvió viral esta semana, un supuesto gravamen de 46%, nunca salió de la Corte ni de la boca de la ministra.

La respuesta desde Palacio Nacional llegó sin rodeos.

"Yo no estoy de acuerdo, no abriría ese debate, es opinión pues de la ministra y tiene todo derecho de tener una opinión, en nuestro caso no creemos que deba gravarse las herencias", dijo la presidenta Claudia Sheinbaum.

Sheinbaum reconoció que el gravamen "no es algo extraño", porque se cobra en casi todos los países del mundo, pero remató que no sería "un planteamiento que nosotros haríamos". De acuerdo con N+, la mandataria también reiteró que su administración no contempla una reforma fiscal para crear nuevos impuestos a la población.

Monreal se subió al mismo carro esa misma mañana.

"No tenemos en puerta ninguna intención de gravar las herencias. De hecho, no tenemos iniciativas al respecto", expuso el coordinador de Morena en San Lázaro, Ricardo Monreal.

El legislador aclaró que la facultad de presentar iniciativas es de la Presidencia, de diputados y senadores y de los congresos locales, nunca del Poder Judicial. Y añadió un matiz personal: mientras sea coordinador, planteará a su bancada no respaldar una propuesta de esa naturaleza, aunque admitió que la última palabra la tiene la mayoría de sus compañeros.

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Ninguna autoridad ha propuesto un impuesto de 46% a las herencias en México. La organización de verificación Verificado rastreó esa cifra hasta una publicación del empresario Ricardo Salinas Pliego del 3 de julio de 2026, difundida sin fuente ni sustento. Lenia Batres nunca planteó una tasa.

El 46% que se volvió viral no salió de la Suprema Corte

Todo arrancó el 2 de julio de 2026, cuando el Pleno de la SCJN discutió la Contradicción de Criterios 49/2026: dos tribunales colegiados habían resuelto de forma opuesta si los recursos de la cuenta individual de retiro que reciben los beneficiarios de un trabajador fallecido deben pagar ISR. El proyecto que se puso sobre la mesa, elaborado por la ministra Sara Irene Herrerías, sostenía que sí. La mayoría del Pleno lo desechó. Batres votó a favor y aprovechó su intervención para ir un paso más adelante.

"Tanto en este caso, como en el de la herencia y el legado, una persona recibe un recurso que no provino de su esfuerzo y que, en estricto sentido, reproduce desigualdades sociales", afirmó la ministra Lenia Batres.

¿Y de dónde salió entonces el 46%? De una publicación en X. Verificado, medio firmante de la International Fact-Checking Network, buscó ese porcentaje en la versión taquigráfica de la sesión, en el portal de la Corte, en las redes de la ministra y en los registros legislativos. No aparece en ninguna parte. El primer registro del número es un mensaje de Ricardo Salinas Pliego del 3 de julio de 2026, sin fuente, que para el 8 de julio acumulaba 29 mil "me gusta" y más de medio millón de reproducciones. La imagen que atribuye la cifra a Batres circula desde el 4 de julio en TikTok y X, con más de 4 mil 300 reacciones.

Qué dice hoy la ley y quién podría cambiarla

La regla vigente es sencilla y no se movió esta semana: el artículo 93, fracción XXII, de la Ley del ISR deja exentas las herencias y los legados. Punto. Para que eso cambie tendría que aprobarse una reforma en el Congreso de la Unión, y ahí es donde el debate se topa con la aritmética legislativa.

Lo que hoy no existe, según el Sistema de Información Legislativa consultado por Verificado:

  • Ninguna iniciativa para gravar herencias presentada entre el 1 de enero y el 8 de julio de 2026, ni por diputados, ni por senadores, ni por la Comisión Permanente. Sí hay siete que tocan otras fracciones del artículo 93.
  • Un porcentaje definido, un monto mínimo a partir del cual se cobraría o una lista de bienes gravados, de acuerdo con el recuento de N+.
  • Excepciones para familiares directos o cualquier catálogo de contribuyentes exentos.

Tampoco la Corte podría hacerlo por su cuenta. El artículo 71 de la Constitución no incluye a la SCJN entre quienes pueden presentar leyes, y el 72, inciso H, obliga a que todo proyecto sobre contribuciones e impuestos se discuta primero en la Cámara de Diputados. La propia Batres lo dijo en su videocolumna: "esa no es una facultad de la Suprema Corte, le corresponde al Congreso de la Unión".

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Photo by Filip Szalbot / Unsplash

El argumento de Batres, con sus propios números

La ministra publicó su tesis completa en una columna en El Universal el 5 de julio de 2026, y ahí el debate deja de ser un pleito de redes para volverse un asunto histórico. México sí cobró este impuesto: la Ley Federal de Impuestos sobre Herencias y Legados, expedida el 25 de agosto de 1926, aplicaba tasas de 4% a 40% de la masa hereditaria según el monto y el grado de parentesco. En el Distrito Federal, las leyes de 1934 y 1940 llegaron a 64%. El gravamen desapareció el 29 de diciembre de 1961.

Su comparación internacional también es verificable: 24 países de la OCDE cobran hoy un impuesto a la herencia o el legado que representa 0.5% de los ingresos fiscales totales del bloque; 21 lo aplican a los herederos por grado de parentesco y tres sobre el valor de los bienes de la persona fallecida. Sobre la desigualdad, Batres cita que la mitad de la población mundial posee menos del 2% del patrimonio global mientras el 10% concentra más del 76%. Su conclusión, escrita por ella misma, cabe en una línea: el único mecanismo de redistribución de la riqueza es el pago de impuestos.

Jueces y magistrados también le salieron al paso

La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED) rechazó la postura de la ministra el mismo 9 de julio. Su argumento no fue económico, sino de competencias.

"La función constitucional del Poder Judicial de la Federación no es actuar como una entidad de diseño fiscal ni forzar una 'redistribución de la riqueza' a través de la vía impositiva; esa facultad corresponde al Poder Legislativo", señaló la JUFED.

La asociación advirtió además que el ahorro acumulado en una Afore es el patrimonio que un trabajador construyó con su esfuerzo diario y que cobrarle impuestos afectaría directamente el sustento de los deudos.

Preguntas rápidas sobre el impuesto a las herencias

¿Las herencias pagan impuestos en México en 2026?

No. El artículo 93, fracción XXII, de la Ley del ISR mantiene exentas las herencias y los legados, así que quien recibe bienes tras un fallecimiento no paga ese impuesto federal. Cambiarlo exigiría una reforma aprobada por el Congreso de la Unión, y hasta el 8 de julio de 2026 no se había presentado ninguna iniciativa.

¿La Suprema Corte puede crear un impuesto a las herencias?

No. El artículo 71 de la Constitución no incluye a la SCJN entre quienes pueden presentar iniciativas de ley, y el artículo 72, inciso H, obliga a que los proyectos sobre contribuciones e impuestos se discutan primero en la Cámara de Diputados. Lenia Batres lo reconoció públicamente: la facultad es del Congreso.

Para quien está a punto de recibir una casa, un terreno o el saldo de una Afore, la situación no cambió ni un peso esta semana. Lo que sí se movió fue el terreno político: la ministra más ruidosa de la Corte quedó sin respaldo de Palacio Nacional, sin respaldo de su bancada en Diputados y con los jueces federales enfrente. Y una cifra que nadie propuso terminó definiendo, durante seis días, cómo entendió el país una discusión que ni siquiera llegó al Congreso.

Fuentes: 1, 2, 3

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