TL;DR:
- El Decreto 681/2026 suma los mensajes de odio contra los argentinos y el ultraje a los símbolos patrios como causal para negar el ingreso o cancelar una residencia ya otorgada. Rige desde el viernes 31 de julio.
- Desde que Milei asumió, Argentina expulsó a 1,334 personas, y en 2024 y 2025 entre el 44% y el 46% de esas expulsiones fueron por drogas y contrabando, según datos oficiales obtenidos por Chequeado.
- El texto no explica qué cuenta como mensaje de odio, quién lo detecta ni quién firma la expulsión. El CELS advierte que ese vacío deja lugar a criterios arbitrarios.
El presidente argentino Javier Milei firmó el Decreto 681/2026, publicado el jueves 30 de julio en el Boletín Oficial, que modifica la Ley de Migraciones 25.871 para impedir el ingreso, cancelar residencias y expulsar del país a los extranjeros que hayan dirigido mensajes de odio o incitado a la violencia contra los argentinos por su nacionalidad, o que hayan participado en actos de ultraje de los símbolos patrios. La medida empieza a regir el viernes 31 de julio y llega después de que el Gobierno denunciara una "campaña antiargentina" en redes tras la final del Mundial 2026, que España ganó 1-0 el 19 de julio. El decreto no menciona ninguna nacionalidad ni define qué es un mensaje de odio.
Minutos después de la publicación, la Oficina del Presidente difundió un comunicado en su cuenta de X, firmado únicamente por Milei, según reportó La Nación.
"Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país"
Qué le agrega el decreto a la Ley de Migraciones
El texto publicado en el Boletín Oficial toca tres artículos de la ley vigente desde 2004:
- Incorpora un inciso m) al artículo 29, el que enumera las causas que impiden el ingreso y la permanencia de un extranjero en el país.
- Incorpora un inciso h) al artículo 62, con la misma conducta como motivo para cancelar una residencia que ya fue otorgada.
- Sustituye el inciso c) del artículo 63, de modo que esa cancelación derive en la intimación a abandonar el país en un plazo fijado o directamente en la expulsión, según las circunstancias personales del caso.
La conducta descrita es la misma en los dos incisos nuevos: haber dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, haber incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto o contra un ciudadano argentino por su nacionalidad, haber participado en actos de ultraje de símbolos patrios, o haber incitado a cualquiera de esas conductas.
El propio decreto incluye una salvedad dentro del inciso: en ningún caso pueden encuadrarse ahí las "expresiones de disenso ideológico o de crítica política, académica o ciudadana" que sean ejercicio legítimo de derechos constitucionales. En los considerandos, el Ejecutivo se apoya en un fallo de la Corte Suprema sobre la facultad soberana de admitir extranjeros, en la Ley 23.592 contra la discriminación (que incluye la nacionalidad entre los motivos discriminatorios) y en el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, que obliga a prohibir la apología del odio nacional cuando incita a la violencia.
Las expulsiones reales de Argentina no se parecen a esta causal
Aquí es donde el decreto choca con los números. El Centro de Datos de Chequeado pidió los registros a la Dirección Nacional de Migraciones por vía de acceso a la información pública, y el retrato que sale es otro:
- Entre diciembre de 2019 y enero de 2026 Argentina expulsó a 3,183 personas. De ese total, 1,334 corresponden a la gestión de Milei, que asumió en diciembre de 2023.
- Las expulsiones anuales superaron las 600 durante el actual gobierno; con Alberto Fernández nunca pasaron de 520.
- Entre 2024 y 2025, las infracciones a la ley de drogas y al artículo 866 del Código Aduanero explicaron entre el 44% y el 46% de las expulsiones. Los delitos contra la propiedad sumaron entre 22% y 26%, y en tercer lugar quedaron los delitos contra la integridad sexual.
- Los rechazos en frontera son otra escala: casi 35 mil entre enero de 2024 y enero de 2026, mayormente por falta de documentación habilitante (52%) y por ser identificado como "falso turista" (32%).
Ninguna de esas categorías tiene que ver con lo que alguien publicó en una red social. Es el segundo decreto migratorio de Milei: el de 2025 ya había cerrado el ingreso a personas con antecedentes penales, habilitado el cobro de la atención médica a no residentes y ordenado la deportación de todo extranjero condenado por un delito cometido en el país.

Nadie definió todavía qué es un mensaje de odio
La objeción central de los especialistas no apunta al fondo, sino a la maquinaria. Lucía Galoppo, abogada del equipo de trabajo internacional del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), lo resumió ante la agencia AFP:
"El decreto no es claro y tampoco hay certezas de qué tan aplicable es"
Galoppo remarcó que la norma no dice qué constituye un discurso de odio, cómo se van a detectar esos mensajes, con qué criterio ni cómo se identificará a quién los emitió. Ese conjunto de huecos, sostuvo, es el que el Estado podría terminar llenando con criterios arbitrarios.
El constitucionalista Félix Lonigro planteó en Infobae en Vivo una segunda objeción, de procedimiento: la deportación de un extranjero hoy la inicia la Dirección Nacional de Migraciones, pero la decide un juez, y un decreto no puede reemplazar ese control judicial ni al Congreso en materia de restricciones a derechos. Su advertencia es concreta: la reglamentación pendiente definirá qué organismo ejecuta la expulsión, y si esa facultad queda en manos de una sola autoridad política, el margen de discrecionalidad se vuelve enorme.
Ese margen no es una hipótesis de laboratorio. La política migratoria tiende a endurecerse primero en el papel y a mostrar sus efectos después, sobre personas que creían estar en regla.

Qué significa para quienes viajan desde México o España
La pregunta que se hicieron varios medios mexicanos el jueves tiene una respuesta corta: el decreto no prohíbe la entrada de ninguna nacionalidad. El texto oficial habla de conductas individuales y excluye de forma expresa la crítica política.
El contexto, sin embargo, explica por qué la pregunta apareció. Milei afirmó el 26 de julio, en una entrevista con Radio Mitre y sin aportar pruebas, que el gobierno de Brasil aportó el 25% de los recursos de la supuesta campaña antiargentina, y que también la financiaron México y el Partido Demócrata de Estados Unidos. La presidenta Claudia Sheinbaum lo negó al día siguiente en su conferencia matutina: dijo que es falso y que México no tiene campaña contra ningún país ni contra ningún gobierno del mundo.
El miércoles 29, un día antes del decreto, el canciller argentino Pablo Quirno enmarcó dentro de esa campaña las publicaciones del actor estadounidense Samuel L. Jackson, que llamó racista a Argentina, las declaraciones del español Javier Bardem y el repost de la cantante Rosalía, que se disculpó públicamente el 22 de julio. Quirno atribuyó esa marcha atrás al impacto económico, según el cable de EFE. Rosalía llegó a Buenos Aires el jueves 30 y tiene cuatro conciertos programados en el Movistar Arena el 1, 2, 4 y 6 de agosto.
Sobre el tamaño real del fenómeno hay una medición, no una certeza: la consultora Ad Hoc Digital, citada por Infobae, contó 826,000 menciones que describían a Argentina como país racista entre el 11 de junio y el 20 de julio, y 379,000 que hablaban explícitamente de una campaña antiargentina.
Preguntas rápidas sobre el decreto de Milei
¿Desde cuándo rige el decreto de Milei sobre extranjeros?
El artículo 4 del Decreto 681/2026 fija la entrada en vigencia para el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. Como se publicó el jueves 30 de julio de 2026, la nueva causal migratoria empezó a aplicarse el viernes 31 de julio, con el trámite en el Congreso todavía abierto.
¿Argentina prohíbe la entrada a mexicanos o españoles?
No. El texto publicado en el Boletín Oficial no menciona ninguna nacionalidad ni establece listas de países. La causal apunta a la conducta individual de cada extranjero, y el propio decreto excluye el disenso ideológico y la crítica política, académica o ciudadana amparados por la Constitución argentina.
¿El Congreso argentino puede tumbar el decreto?
Sí, por una vía estrecha. La Ley 26.122 le da a la Comisión Bicameral Permanente diez días hábiles para dictaminar y elevar el texto a ambas cámaras. Según Chequeado, la norma se deroga solo si Diputados y el Senado la rechazan; con que una cámara no lo haga, sigue vigente.
Desde el viernes 31 de julio, cualquier funcionario que reciba a un extranjero en un aeropuerto argentino tiene una causal más para negarle la entrada y ningún criterio publicado que le explique cómo usarla. El Congreso tiene diez días hábiles para empezar a llenar ese hueco.